Tribunas

El pontificado de los canonistas

 

 

José Francisco Serrano Oceja

 

 

 

 

 

Tengo que confesar que nunca le tuve alergia al Derecho Canónico. Todo lo contrario. Si no le he podido dedicar más tiempo es porque no lo tengo.

Me encanta esa perspectiva, no sé si adscrita la Escuela de Munich o a la civilista de Lombardía et alii del derecho en la Iglesia como el derecho del Pueblo de Dios. La fundamentación teológica del corpus iuris me parece clave. También me lo parece para frenar toda tentación de arbitrariedad en la Iglesia. Quizá, por esto, ahora el CIC esté de moda.

De momento, de entre las reformas que ha sacado adelante el papa Francisco la más completa es la reforma del Código de Derecho Canónico. Al margen del debate sobre los criterios de fondo, teológicos también, con los que se está haciendo esa reforma.

Si no mal recuerdo, preferentemente, en los ámbitos de lo matrimonial, de la vida religiosa, los ministerios laicales y ahora en lo referido a lo penal, el derecho penal de la Iglesia que, hace no mucho tiempo, parecía que había desaparecido.

Quizá estaba en desuso por necesidad de su reforma o por otros motivos como que no se aplicaba, o en la aplicación había demasiada discrepancia. Lo que no sé si quiere decir que ahora se le ha cogido el gusto y se le aplica con más frecuencia.

No sé si en un futuro también se hará una reforma de determinados procesos administrativos porque lo que he oído últimamente sobre esa vía no me encaja mucho.

Pues eso, que en un pontificado en el que la imagen no es precisamente la de la primacía de la norma, la ley, el derecho, en un pontificado que nadie diría que es codificador, ahí está lo que, de verdad, va a quedar para la historia.

Esto ocurre, paradoja sobre nueva paradoja, cuando parece que estudiar Derecho Canónico no está tan de moda como en tiempos anteriores. Bueno, casi me atrevería a decir que lo que no está de moda es estudiar, pero éste es otro tema.

Sobre la reforma del derecho penal, voy a dar voz a monseñor Juan Ignacio Arrieta, secretario superviviente del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos. Y así no piso ningún charco que la entente canónica que me rodea me lo puede afear.

Dice en la entrevista con la que presenta la reforma penal que “ya Benedicto XVI también había señalado lo que el Papa Francisco reiteró, que efectivamente no hay oposición entre la caridad y la pena, es más: se señaló cómo el ejercicio del gobierno pastoral, caritas pastoralis, debe llevar a utilizar el derecho penal cuando sea necesario, precisamente para corregir a los que se equivocan y evitar daños a las comunidades. Esta es precisamente una exigencia de la caritas pastoralis y por eso el Papa subraya mucho en la Constitución Apostólica, el hecho de que el derecho penal debe ser utilizado como un instrumento más en el gobierno pastoral lleno de caridad en la propia comunidad de fieles”.

 

 

 

José Francisco Serrano Oceja